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informe jurídico    


¿CUÁL ES EL TIEMPO DE GARANTÍA DE UNA PRÓTESIS?

INTERPRETACIÓN

De la anteriores Leyes se desprende que la garantía de la prótesis no se mide en periodos fijos de tiempo, ya que dependerá del producto concreto y de su evaluación clínica.

En una visión amplia sobre las garantías en productos sanitarios, el legislador ha analizado desde la base, cuales son los elementos que contribuyen a dar una garantía al usuario final. Así, se detiene en reglamentar desde los lugares de tratamiento de la prótesis, los responsables de laboratorio, los procedimientos de fabricación, los materiales a emplear, la incorporación de mejoras continuas, la puesta en el mercado, y todo ello para contribuir a la garantía final del producto.

Por lo anterior, también es lógico que establecer límites temporales es muy difícil y se tenga que comprobar permanentemente todo el proceso de fabricación, para determinar en cada momento que es lo probable, lo estimable, que dicho producto sanitario está destinado a durar.

En definitiva la reclamación en base a la garantía de la prótesis dental, estará precedida de informes o evaluaciones sobre el destino y uso, para determinar si en base a esas dos cuestiones, el producto ha cumplido con el objeto para el que fue construido, y por el periodo de tiempo estimado en condiciones normales, y sobre dichas bases se podrá determinar si el producto en cuestión y quien lo elaboró (técnico responsable del laboratorio), deberá responder civil, penal o administrativamente por ello.

Dictamen del Abogado del Colegio.

Elías Nuño