|
Artículo 1
El presente Código Deontológico es el conjunto
de principios y reglas que han de mejorar y guiar la conducta
profesional del protésico dental.
Artículo 2
1. Los deberes que impone este Código Deontológico
como resultado de la expresión de una Entidad de
Derecho Publico, obligan a todos los protésicos dentales
en el ejercicio de su profesión, cualquiera que sea
la modalidad en que la practiquen.
2. El incumplimiento de alguna norma de este Código
supone incurrir en falta disciplinaria tipificada en los
Estatutos del Colegio Profesional de Protésicos Dentales
de Aragón cuya corrección se hará a
través del procedimiento sancionador en el establecido.
Artículo 3
El Colegio Profesional de Protésicos Dentales de
Aragón asume como uno de sus objetivos primordiales
la promoción y desarrollo de la Deontología
Profesional y dedicará atención preferente
a difundir los preceptos de este Código así
como a velar por su cumplimiento.
|