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Artículo 4
Son principios básicos de las normas de conducta
de los Protésicos Dentales los siguientes:
a) Dignidad
El protésico dental debe actuar siempre conforme
a las normas de honor y dignidad de la profesión,
absteniéndose de todo comportamiento que suponga
infracción o descrédito.
b) Integridad
EÍ protésico dental debe ser honesto, leal,
veraz, y diligente en el desempeño de su profesión,
y en la relación con sus clientes y colegas, observará
la mayor deferencia, evitando con los mismos posiciones
de conflicto
c) Libertad de elección
El cliente elige libremente a su protésico dental,
y todo protésico dental tiene el deber de facilitar
el ejercicio de este derecho
c) Función Social
El Protésico Dental, como profesional de la salud
dental y partícipe de la función pública
de la sanidad, orientará sus actuaciones como servicio
a la sociedad.
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